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Dermatología integralVillavicencio · Colombia

Derechos y deberes del paciente.

Una atención digna se construye con información clara, decisiones libres, confidencialidad, respeto y responsabilidad compartida.

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DERMAVIDA BY SANDRA ESPINOSA S.A.S. IPSActualizado: 29 de septiembre de 2026

Una atención centrada en ti

De acuerdo con el artículo 10 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, Dermavida reconoce e implementa los derechos y deberes de las personas relacionados con la prestación del servicio de salud.

El incumplimiento de los deberes no podrá invocarse para impedir o restringir el acceso oportuno a los servicios de salud requeridos, de conformidad con la ley.

Derechos del paciente

  1. Acceder a servicios y tecnologías de salud que garanticen una atención integral, oportuna y de alta calidad, dentro de los recursos disponibles y el alcance autorizado de la institución.
  2. Elegir libremente al profesional y a la institución de salud, de acuerdo con las opciones disponibles.
  3. Recibir la atención de urgencias requerida con la oportunidad que su condición amerite, sin exigencia de pago previo ni documentos cuando la ley así lo establece.
  4. Mantener una comunicación plena, permanente, expresa y clara con el profesional de la salud tratante.
  5. Recibir información clara, apropiada y suficiente sobre su estado de salud, el procedimiento o tratamiento propuesto, su pronóstico, riesgos y alternativas, para tomar decisiones libres, conscientes e informadas.
  6. Aceptar o rechazar procedimientos y tratamientos, dejando constancia de su decisión cuando corresponda. En caso de inconsciencia o minoría de edad, podrán intervenir sus familiares o representantes conforme a la ley.
  7. Recibir un trato digno y considerado, con respeto por sus creencias, costumbres y opiniones personales.
  8. Que su historia clínica y la información sobre su salud sean tratadas de forma confidencial y reservada, y acceder gratuitamente a ella u obtener copia en los términos legales.
  9. Recibir durante todo el proceso asistencia de calidad por personal de salud debidamente capacitado y autorizado.
  10. Recibir servicios en condiciones de higiene, seguridad y respeto por su intimidad.
  11. Revisar y recibir explicaciones sobre los costos de los servicios y tratamientos recibidos.
  12. Recibir o rehusar apoyo espiritual, moral o religioso de acuerdo con sus convicciones.
  13. Decidir libremente si participa en investigaciones y recibir información sobre sus objetivos, métodos, beneficios, riesgos e incomodidades previsibles.
  14. Que se respete su decisión de aceptar o negar la donación de órganos, conforme a la ley.
  15. No ser sometido a tratos crueles o inhumanos, ni obligado a soportar sufrimiento evitable.
  16. Que no se le trasladen cargas administrativas que corresponden a los actores del sistema de salud.
  17. Recibir información sobre los canales para presentar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones, y obtener respuesta.
  18. Que se agoten las posibilidades de tratamiento para la superación de su enfermedad y, en caso de enfermedad irreversible o fase terminal, que se respete su dignidad y voluntad conforme a la ley.

Deberes del paciente y su familia

  1. Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.
  2. Atender oportunamente las recomendaciones formuladas en los programas de promoción y prevención.
  3. Suministrar de manera oportuna, suficiente y veraz la información requerida para la atención, incluidos antecedentes clínicos, y seguir las indicaciones aceptadas del equipo de salud.
  4. Actuar de buena fe y de manera solidaria ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de otras personas.
  5. Tratar de forma digna, respetuosa y considerada al personal de la institución, a otros pacientes y a sus familias, sin discriminación por raza, sexo, condición, credo u otra circunstancia.
  6. Usar adecuada y racionalmente los servicios y recursos de salud.
  7. Cumplir la Constitución, las leyes, las normas del sistema de salud y las indicaciones contenidas en la información entregada por la IPS.
  8. Conocer, ejercer y cumplir responsablemente los derechos y deberes derivados del sistema de seguridad social en salud y de los planes adicionales que haya adquirido.
  9. Reportar cualquier situación anómala o que pueda afectar sus derechos o los de otra persona.
  10. Cuidar los bienes de la IPS puestos a su servicio.
  11. Contribuir al pago de los servicios recibidos y de los gastos que demande la atención en salud, de acuerdo con las obligaciones aplicables y su capacidad de pago.

Canales de atención

Si consideras que alguno de tus derechos no ha sido respetado o deseas presentar una petición, queja, reclamo, sugerencia o felicitación, puedes comunicarte con Dermavida.

Estamos para escucharte

Incluye tus datos de contacto y una descripción clara de tu solicitud.

info@dermavida.com.co+57 (8) 674 0177+57 316 326 3415Formulario de contacto ↗

Marco normativo consultado

Ley Estatutaria 1751 de 2015, artículo 10 — Función Pública.

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