Una atención centrada en ti
De acuerdo con el artículo 10 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, Dermavida reconoce e implementa los derechos y deberes de las personas relacionados con la prestación del servicio de salud.
El incumplimiento de los deberes no podrá invocarse para impedir o restringir el acceso oportuno a los servicios de salud requeridos, de conformidad con la ley.
Derechos del paciente
- Acceder a servicios y tecnologías de salud que garanticen una atención integral, oportuna y de alta calidad, dentro de los recursos disponibles y el alcance autorizado de la institución.
- Elegir libremente al profesional y a la institución de salud, de acuerdo con las opciones disponibles.
- Recibir la atención de urgencias requerida con la oportunidad que su condición amerite, sin exigencia de pago previo ni documentos cuando la ley así lo establece.
- Mantener una comunicación plena, permanente, expresa y clara con el profesional de la salud tratante.
- Recibir información clara, apropiada y suficiente sobre su estado de salud, el procedimiento o tratamiento propuesto, su pronóstico, riesgos y alternativas, para tomar decisiones libres, conscientes e informadas.
- Aceptar o rechazar procedimientos y tratamientos, dejando constancia de su decisión cuando corresponda. En caso de inconsciencia o minoría de edad, podrán intervenir sus familiares o representantes conforme a la ley.
- Recibir un trato digno y considerado, con respeto por sus creencias, costumbres y opiniones personales.
- Que su historia clínica y la información sobre su salud sean tratadas de forma confidencial y reservada, y acceder gratuitamente a ella u obtener copia en los términos legales.
- Recibir durante todo el proceso asistencia de calidad por personal de salud debidamente capacitado y autorizado.
- Recibir servicios en condiciones de higiene, seguridad y respeto por su intimidad.
- Revisar y recibir explicaciones sobre los costos de los servicios y tratamientos recibidos.
- Recibir o rehusar apoyo espiritual, moral o religioso de acuerdo con sus convicciones.
- Decidir libremente si participa en investigaciones y recibir información sobre sus objetivos, métodos, beneficios, riesgos e incomodidades previsibles.
- Que se respete su decisión de aceptar o negar la donación de órganos, conforme a la ley.
- No ser sometido a tratos crueles o inhumanos, ni obligado a soportar sufrimiento evitable.
- Que no se le trasladen cargas administrativas que corresponden a los actores del sistema de salud.
- Recibir información sobre los canales para presentar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones, y obtener respuesta.
- Que se agoten las posibilidades de tratamiento para la superación de su enfermedad y, en caso de enfermedad irreversible o fase terminal, que se respete su dignidad y voluntad conforme a la ley.
Deberes del paciente y su familia
- Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.
- Atender oportunamente las recomendaciones formuladas en los programas de promoción y prevención.
- Suministrar de manera oportuna, suficiente y veraz la información requerida para la atención, incluidos antecedentes clínicos, y seguir las indicaciones aceptadas del equipo de salud.
- Actuar de buena fe y de manera solidaria ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de otras personas.
- Tratar de forma digna, respetuosa y considerada al personal de la institución, a otros pacientes y a sus familias, sin discriminación por raza, sexo, condición, credo u otra circunstancia.
- Usar adecuada y racionalmente los servicios y recursos de salud.
- Cumplir la Constitución, las leyes, las normas del sistema de salud y las indicaciones contenidas en la información entregada por la IPS.
- Conocer, ejercer y cumplir responsablemente los derechos y deberes derivados del sistema de seguridad social en salud y de los planes adicionales que haya adquirido.
- Reportar cualquier situación anómala o que pueda afectar sus derechos o los de otra persona.
- Cuidar los bienes de la IPS puestos a su servicio.
- Contribuir al pago de los servicios recibidos y de los gastos que demande la atención en salud, de acuerdo con las obligaciones aplicables y su capacidad de pago.
Canales de atención
Si consideras que alguno de tus derechos no ha sido respetado o deseas presentar una petición, queja, reclamo, sugerencia o felicitación, puedes comunicarte con Dermavida.
Estamos para escucharte
Incluye tus datos de contacto y una descripción clara de tu solicitud.
Marco normativo consultado
Ley Estatutaria 1751 de 2015, artículo 10 — Función Pública.
